Facultad de derecho
Centro de Resolución de Conflictos
¿Qué estás buscando?
¿Qué es el CRC?
Conoce toda la información
Es el lugar en el cual las personas acuden para solucionar sus diferencias, mediante la intervención de un tercero imparcial, quien les mostrará diferentes alternativas para resolver las incompatibilidades y llegar a una solución de mutuo acuerdo.
En este Centro ofrecemos los servicios de Conciliación en derecho e insolvencia, arbitraje y mediación, además de otros mecanismos alternativos de solución de conflictos.
También, contamos con un equipo humano orientado a conocer las necesidades de los clientes y brindar el mejor de los servicios para que puedan tener una experiencia positiva, a partir de la atención a sus inquietudes o problemas mediante la identificación de factores claves que permitan proveer un servicio que exceda sus expectativas.
1.
Historia
El Centro de Resolución de Conflictos de la Universidad de Medellín, fue creado y autorizado para funcionar por el Ministerio del Interior y Justicia, por medio de la resolución 0007 del 9 de enero de 2003, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 91 y 113 de la ley 446 de 1998 y por el artículo 1 de la resolución 800 de 2000, momento desde el cual ha servido a sus usuarios con seriedad y compromiso, generando espacios importantes para la solución de conflictos y la reconstrucción del tejido social.
2.
Objetivo principal
El Centro de Resolución de Conflictos de la Universidad de Medellín, fue creado y autorizado para funcionar por el Ministerio del Interior y Justicia, por medio de la resolución 0007 del 9 de enero de 2003, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 91 y 113 de la ley 446 de 1998 y por el artículo 1 de la resolución 800 de 2000, momento desde el cual ha servido a sus usuarios con seriedad y compromiso, generando espacios importantes para la solución de conflictos y la reconstrucción del tejido social.
1.
Historia
El Centro de Resolución de Conflictos de la Universidad de Medellín, fue creado y autorizado para funcionar por el Ministerio del Interior y Justicia, por medio de la resolución 0007 del 9 de enero de 2003, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 91 y 113 de la ley 446 de 1998 y por el artículo 1 de la resolución 800 de 2000, momento desde el cual ha servido a sus usuarios con seriedad y compromiso, generando espacios importantes para la solución de conflictos y la reconstrucción del tejido social.
2.
Objetivo principal
El Centro de Resolución de Conflictos de la Universidad de Medellín, fue creado y autorizado para funcionar por el Ministerio del Interior y Justicia, por medio de la resolución 0007 del 9 de enero de 2003, en ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 91 y 113 de la ley 446 de 1998 y por el artículo 1 de la resolución 800 de 2000, momento desde el cual ha servido a sus usuarios con seriedad y compromiso, generando espacios importantes para la solución de conflictos y la reconstrucción del tejido social.
¿CÓMO PUEDES PRESENTAR UNA SOLICITUD DE CONCILIACIÓN ?
Lo primero que debes hacer es elaborar por escrito una solicitud de conciliación con los requisitos del artículo 52 de la ley 2220 de 2022:
1. INDICACIÓN DEL CONCILIADOR O EL CENTRO DE CONCILIACIÓN A QUIEN SE DIRIGE.
Aquí se debe señalar que se dirige al Centro de Resolución de Conflictos de la Universidad de Medellin.
2. IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES:
Aquí debes señalar a quién está solicitando y a quién se quiere convocar a la audiencia, para ello se debe indicar de cada uno:
A. Nombre.
B. Identificación.
C. Representante legal de ser el caso.
3. FUNDAMENTOS FACTICOS:
Describe los hechos que están originando las diferencias entre las partes.
4. PRETENSIONES:
Describe lo que quieres resolver con la audiencia de conciliación.
5. ESTIMACIÓN RAZONADA DE LA CUANTÍA:
Señala cuánto es el valor de lo que pretendes solucionar en caso de que la tengas, si tu solicitud carece de valor económico, porque no pretendes el reconocimiento o pago de una suma económica, por favor indícalo.
6. RELACIÓN DE LAS PRUEBAS:
Relación de las pruebas o soportes que sustentan los hechos de la solicitud.
7. LUGAR DE NOTIFICACIONES DE LAS PARTES:
Especificar los datos para surtir las comunicaciones, señalando:
A. Dirección.
B. Teléfono.
C. Correo electrónico.
PARÁGRAFO. En el caso que alguna de las partes sea una persona juridica, se sugiere que las direcciones y correos electrónicos sean aquellos que aparecen en el certificado de existencia y representación legal de la persona juridica.
8. PODER CONFERIDO:
En caso de que la solicitud de conciliación sea presentada por medio de abogado es OBLIGATORIO aportar el poder otorgado como un anexo.
El poder debe ser otorgado con presentación personal ante notaria o de acuerdo con los requisitos del artículo 5 de la Ley 2213 de 2022, esto es:
“ARTÍCULO 5°. PODERES. Los poderes especiales para cualquier actuación judicial se podrán conferir mediante mensaje de datos, sin firma manuscrita o digital, con la sola antefirma, se presumirán auténticos y no requerirán de ninguna presentación personal o reconocimiento.
En el poder se indicará expresamente la dirección de CORREO ELECTRÓNICO DEL APODERADO QUE DEBERÁ COINCIDIR CON LA INSCRITA EN EL REGISTRO NACIONAL DE ABOGADOS.
Los poderes otorgados por personas inscritas en el registro mercantil deberán ser remitidos desde la dirección de correo electrónico inscrita para recibir notificaciones judiciales”.
Una vez realizado el pago se le remitirá por correo electrónico una solicitud de información ante la cual debe responder lo siguiente:
- Una vez propuesta la fecha el Centro requiere un correo de confirmación donde nos indique la aceptación del día y hora.
- Debe indicarnos también en el correo de confirmación la modalidad de la audiencia (Presencial o virtual).
- Si tiene algún conciliador de su preferencia, por favor hacérnoslo saber.
- Por favor indicar la información de la persona a la cual debe expedirse la factura del servicio (Nombre, documento de identidad y correo electrónico), de no informarnos se expedirá a nombre del solicitante.
- Recuerde que si la fecha de confirmación no se hace el día en el que se propuso por parte del Centro tendrá que moverse debido a que debemos respetar el termino de citación.
Si la audiencia la prefiere en modalidad presencial, debe radicar la solicitud y el pago de la misma por correo electrónico y los traslados debe remitirlos de forma física en las instalaciones del Centro de Resolución de Conflictos.
No se acepta la recepción de solicitudes de forma física, todas las audiencias deben ser presentadas a través del correo electrónico resolucionconflictos@udemedellin.edu.co.
Realiza tu pago a través de los medios indicados y envíanos el comprobante con los documentos que te solicitamos para la realización de la factura electrónica al correo resolucionconflictos@udemedellin.edu.co, en formato PDF o JPJ legible.
Una vez comprobado tu pago, nos comunicaremos contigo vía telefónica o mediante correo electrónico para programar tu audiencia.
Las tarifas vigentes para el año 2024 para tus conciliaciones serán las siguientes:
No. | Desde más de | hasta | Tarifa |
---|---|---|---|
1. | $0 | $ 9.421.472 | $ 227.795 |
2. | $ 9.421.472 | $ 15.310.245 | $ 286.155 |
3. | $ 15.310.245 | $ 20.020.980 | $ 329.455 |
4. | $ 20.020.980 | $ 41.219.527 | $ 376.520 |
5. | $ 41.219.527 | $ 61.240.037 | $ 423.585 |
6. | $ 61.240.037 | $ 84.212.934 | $ 470.650 |
7 | $ 84.212.934 | $ 335.612.514 | $ 517.715 |
8. | $ 335.612.514 | $ 839.650.425 | $ 564.780 |
9. | $ 839.650.425 | $ 1.679.300.379 | $ 611.845 |
10. | $ 1.679.300.379 | En adelante | $ 705.975 |
11. | Indeterminado | Indeterminado | $ 200.000 |
N° | Valor total del monto de capital de los créditos (pesos) | tarifa centro | |
---|---|---|---|
DESDE MÁS DE | HASTA | ||
1 | 0 | 1.178.037 | $141.195 |
2 | 1.178.037 | 11.777.075 | $412.289 |
3 | 11.777.075 | 23.553.679 | $588.783 |
4 | 23.553.679 | 47.107.829 | $1.472.193 |
5 | 47.107.829 | 70.661.508 | $2.355.603 |
6 | 70.661.508 | 94.215.658 | $3.239.013 |
7 | 94.215.658 | 117.769.338 | $4.121.953 |
8 | 117.769.338 | 141.323.487 | $5.005.363 |
9 | 141.323.487 | 164.877.167 | $5.888.773 |
10 | 164.877.167 | 188.431.317 | $6.771.712 |
11 | 188.431.317 | 282.646.975 | $7.655.122 |
12 | 282.646.975 | 376.862.633 | $8.538.532 |
13 | 376.862.633 | 471.078.292 | $9.421.472 |
14 | 471.078.292 | En adelante | $9.421.472 |
Sara Ceballos Escobar
DIRECTORA Abogada Titulada y en ejercicio, con amplios conocimientos y experiencia en Mecanismos alternativos de solución de Conflictos.
- saceballos@udemedellin.edu.co
- (604) 5904500 Ext. 21023
Actualmente la lista de nuestros conciliadores está conformada de la siguiente manera:
- NORHA LUCIA ORTIZ GONZALEZ
- LINA MARIA VELASQUEZ RESTREPO
- MARCO TULIO GONZALEZ JIMENEZ
- MARYLUZ HINCAPIE GOMEZ
- CLAUDIA PATRICIA GRANDA IBARRA
- MARTHA INES CEBALLOS SEGURA
- SARA CEBALLOS ESCOBAR
- CLAUDIA DEL ROSARIO CORREA ISAZA
HORARIOS DE ATENCIÓN
- L-V 8:00 a.m. a 12:00 M - 2:00 p.m. a 6:00 p.m
- Universidad de Medellín Carrera 87 N° 30 – 65, bloque: 16, primer piso, oficina: 101 - Medellín-Colombia
- (604) 5904500 EXT 21023
- resolucionconflictos@udemedellin.edu.co
- saceballos@udemedellin.edu.co
- anlopez@udemedellin.edu.co
MINUTAS Y MODELOS
Aquí podrás descargas algunos formatos, minutas y modelos que te serán de utilidad
MEDIOS DE PAGO
Para realizar el pago de tus audiencias de conciliación podrás realizarlo según los siguientes instructivos de pago electrónico Bancolombia: